
🔴#ATENCIÓN🔴
En Tamaulipas, ya ningún hijo podrá despojar de su casa a los adultos mayores, pues por ley estos tienen derecho a permanecer en el hogar, aún cuando le haya otorgado la propiedad de manera voluntaria o mediante engaños.
Con la adición al artículo 1667 del Código Civil del Estado que entra en vigor este mes, se establece que:
«Cuando los donantes sean personas de 65 años o más, el notario que expida el instrumento público de donación, deberá incluir la cláusula de usufructo vitalicio sobre los bienes otorgados a los donatarios».
